c) para proteger la vida y la salud de las personas en el territorio del Miembro de los riesgos resultantes de enfermedades propagadas por animales, vegetales o productos de ellos derivados, o de la entrada, radicación o propagación de plagas; o
6. Un Miembro podrá imponer condiciones y procedimientos para autorizar el establecimiento y ampliación de una presencia comercial siempre que tales condiciones y procedimientos no eludan la obligación que impone al Miembro el párrafo five y sean compatibles con las demás obligaciones dimanantes del Acuerdo.
a) a las exportaciones efectuadas por paÃses en desarrollo Miembros de tejidos de fabricación artesanal hechos en telares manuales o de productos de fabricación artesanal hechos a mano con esos tejidos, ni a las de productos textiles y de vestido artesanales propios del folklore tradicional, siempre que tales productos sean objeto de una certificación apropiada conforme a disposiciones establecidas entre los Miembros interesados;
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Recordando la Decisión de 22 de febrero de 1994 de que las actuales normas y procedimientos del GATT de 1947 en la esfera de la solución de diferencias permanezcan vigentes hasta la fecha de entrada en vigor del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio;
4. Al determinar el nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria, los Miembros deberán tener en cuenta el objetivo de reducir al mÃnimo los efectos negativos sobre el comercio.
Adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades
ii) el reglamento financiero, con inclusión de directrices para el señalamiento de las contribuciones presupuestarias de los Miembros de la OMC, de conformidad con los criterios establecidos en el artworkÃculo VII del Acuerdo sobre la OMC;
(one) En estas medidas están comprendidas las restricciones cuantitativas de las importaciones, los gravámenes variables a la importación, los precios mÃnimos de importación, los regÃmenes de licencias de importación discrecionales, las medidas no arancelarias mantenidas por medio de empresas comerciales del Estado, las limitaciones voluntarias de las exportaciones y las medidas similares aplicadas en la frontera que no sean derechos de aduana propiamente dichos, con independencia de que las medidas se mantengan o no al amparo de exenciones del cumplimiento de las disposiciones del GATT de 1947 otorgadas a paÃses especÃficos; no lo están, sin embargo, las medidas mantenidas en virtud de las disposiciones en materia de balanza de pagos o al amparo de otras disposiciones generales no referidas especÃficamente a la agricultura del GATT de 1994 o de los otros Acuerdos Comerciales Multilaterales incluidos en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC.
c) el primer dÃa del 121º website mes de vigencia del Acuerdo sobre la OMC, el sector de los textiles y el vestido quedará integrado en el GATT de 1994 al haberse eliminado todas las restricciones aplicadas al amparo del presente Acuerdo.
3. Los Miembros convienen en que, si se notifica para su integración con arreglo a las disposiciones del artÃculo two un producto que no sea el único objeto de una restricción, ninguna modificación del nivel de esa restricción alterará el equilibrio de derechos y obligaciones entre los Miembros afectados en el marco del presente Acuerdo.
one. En el presente Acuerdo se estipulan las disposiciones que han de aplicar los Miembros durante un for everyÃodo de transición para la integración del sector de los textiles y el vestido en el GATT de 1994.
two. Este proceso de examen se realizará sobre la base de notificaciones presentadas por los Miembros acerca de las cuestiones y con la periodicidad que se determinen, y sobre la foundation de la documentación que se pida a la SecretarÃa que put together con el fin de facilitar el proceso de examen.
five. El for everyÃodo de validez de toda determinación de existencia de perjuicio grave o de amenaza actual de perjuicio grave a efectos del recurso a medidas de salvaguardia no será superior a 90 dÃas contados a partir de la fecha de la notificación inicial prevista en el párrafo 7.